Grupos de sociedades: varias empresas, una cabeza.
Consolidación fiscal, grupo de IVA, holding y reestructuraciones, pensados antes de hacerlos.
Si tienes más de una sociedad, ya tienes un grupo.
Tributar como lo que eres: un negocio con varias sociedades.
Sin un régimen de grupo, cada sociedad paga por su cuenta. Con él, se compensan pérdidas y beneficios y las operaciones internas dejan de tributar.
Lo que la ley permite a un grupo.
- Consolidación fiscalUna declaración para todo el grupo: las pérdidas de una compensan los beneficios de otra.
- Grupo de IVALas sociedades liquidan el IVA juntas y compensan lo que unas pagan con lo que otras recuperan.
- Sociedad holdingLos dividendos de las filiales llegan a la cabecera exentos en un 95 %.
- Fusiones y escisionesReordenar el grupo sin tributar en el momento, si hay motivo económico.
- Cuentas consolidadasLas del grupo entero, cuando su tamaño lo exige.
- Precios entre sociedadesCada operación interna, a valor de mercado y bien documentada.
Cinco pasos, siempre en este orden.
- Mapa del grupoQuién tiene qué, qué hace cada sociedad y qué se cobran entre ellas.
- NúmerosCuánto pagas hoy y cuánto con cada régimen, a varios años.
- ReestructuraciónSi hace falta, la operación que ordena el grupo, con sus escrituras.
- Opciones en plazoAcuerdos y comunicaciones a Hacienda antes de que empiece el ejercicio.
- Cada añoDeclaración del grupo, pagos fraccionados y revisión de la estructura.
Lo que entregamos.
- Informe del grupoCómo está, cuánto paga y qué alternativa recomendamos.
- La operación hechaProyecto, escrituras y motivo económico documentado.
- Acuerdos y comunicacionesTodo lo que pide Hacienda, presentado en plazo.
- Declaración del grupoCada año, con las eliminaciones explicadas.
Los errores que vemos más veces.
- Pedir la consolidación en eneroHay que acordarla y comunicarla antes de que empiece el ejercicio.
- Bajar del 75 % sin verloEntra un socio en una filial y esta sale del grupo fiscal.
- Filial con pérdidas gravesCon el patrimonio por debajo de la mitad del capital, no puede estar en el grupo.
- Holding vacíaUna cabecera que sólo sirve para pagar menos no tiene motivo económico.
- Fusión sin comunicarNo avisar a Hacienda en tres meses cuesta 10.000 euros por operación.
- Comprar con deudaLos intereses del préstamo para comprar participaciones tienen un límite propio.
Lo que dice la ley.
Comprobado en el Boletín Oficial del Estado.
Revisado por Mónica Santos Pérez · octubre de 2026
Lo que nos preguntan.
¿Me conviene una holding?
Si tienes varias sociedades con actividad o quieres reinvertir dividendos sin que pasen por tu IRPF, puede convenir. Si sólo sirve para pagar menos, no se sostiene. Lo calculamos con tus cifras.
¿Qué es la consolidación fiscal?
Que el grupo presenta una sola declaración del Impuesto sobre Sociedades: las pérdidas de una sociedad compensan los beneficios de otra. Exige el 75 % de cada filial desde el primer día del ejercicio.
¿Cuándo hay que pedirla?
Antes de que empiece el ejercicio en que se aplica. Cada sociedad lo acuerda en el ejercicio anterior y se comunica a Hacienda antes del 1 de enero, si cierras el 31 de diciembre.
¿Una fusión tributa?
Puede hacerse sin tributar en ese momento si hay un motivo económico válido y se comunica a Hacienda en los tres meses siguientes a inscribir la escritura.
¿Tengo que documentar los precios entre mis sociedades?
Deben ir a valor de mercado. Dentro de un grupo de consolidación fiscal no hace falta la documentación específica; fuera, sí, si pasas de 250.000 euros al año con la misma sociedad.
¿Tengo que hacer cuentas consolidadas?
No si el grupo no supera dos de estos tres límites: 11,4 millones de activo, 22,8 millones de cifra de negocios y 250 trabajadores.

Mónica Santos Pérez
Socia y Directora Fiscal y Financiero-Contable. Lleva la consolidación fiscal de los grupos de sociedades.
Si tienes un grupo, el siguiente paso.
¿Miramos tu grupo con tus cifras?
Primera reunión sin compromiso, en el CTM o por videollamada.

