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Due diligence · Madrid

Due diligence: antes de comprar o vender, saber qué hay.

Revisión fiscal, laboral, contable y legal de la empresa que compras, vendes o en la que entras.

Para quién

Para quien va a firmar una operación y quiere saber qué firma.

Compras una sociedadTe quedas con sus participaciones, y con todo su pasado.
Entras como socioVas a poner dinero en una empresa que no has llevado tú.
Vas a venderQuieres llegar a la negociación sin sorpresas que bajen el precio.
Compras sólo el negocioEl local, la clientela y el personal, sin la sociedad.
Lo que se hereda

Compres la sociedad o el negocio, algo de su pasado viene contigo.

Por eso se revisa antes de firmar, y lo que aparece se lleva al precio o a las garantías del contrato.

Compras la sociedadSus participaciones
  • Impuestos de los cuatro últimos años
  • Pérdidas y deducciones, comprobables diez años
  • Deudas y contratos
  • Pleitos abiertos
Compras el negocioLa actividad, sin la sociedad
  • Deudas con Hacienda de la actividad
  • Deudas laborales, durante tres años
  • La plantilla, con su convenio

Se mira antes de firmar, no después

Qué miramos

Seis áreas, una por una.

  • FiscalImpuestos de los años no prescritos e inspecciones abiertas.
  • LaboralContratos, convenio, horas y Seguridad Social.
  • ContableSi las cuentas cuentan la verdad: deuda real y caja.
  • SocietarioEstatutos, actas, socios y quién manda de verdad.
  • Contratos claveClientes, proveedores y cláusulas de cambio de control.
  • Deudas públicasLo pendiente con Hacienda y con la Seguridad Social.
Cómo lo hacemos

Cinco pasos, siempre en este orden.

  1. AlcanceConfidencialidad, qué se revisa, plazo y precio, por escrito.
  2. DocumentosLa lista de lo que hay que pedir al vendedor.
  3. RevisiónÁrea por área, con las preguntas que surjan.
  4. Puntos rojosQué es grave, cuánto puede costar y cómo cubrirlo.
  5. Al contratoGarantías, precio retenido y ajustes, hasta la firma.
Qué te llevas

Lo que entregamos.

  • Informe de puntos rojosDos o tres páginas para decidir.
  • Informe completoCada área, con lo revisado y lo encontrado.
  • Riesgos con cifraLo que puede costar cada contingencia.
  • Cláusulas para el contratoGarantías y ajustes que protegen lo encontrado.
Riesgos

Los errores que vemos más veces.

  • No pedir el certificado de deudasSin él, el comprador del negocio responde también de las sanciones.
  • Fiarse del balanceLas cuentas dicen una cosa y el banco, otra.
  • Cambio de controlUn contrato clave que se resuelve si cambia el dueño.
  • Contar con pérdidas que no valenEn ciertas compras, las pérdidas fiscales de la sociedad se pierden.
  • Horas y convenio sin mirarLas deudas laborales pasan al comprador durante tres años.
  • Garantías sin dinero detrásUna promesa del vendedor sin precio retenido que la respalde.
La norma

Lo que dice la ley.

Comprobado en el Boletín Oficial del Estado.

Quien compra un negocioResponde de las deudas tributarias de la actividad, también de las retenciones.Ley 58/2003, General Tributaria, art. 42.1.c.
Certificado de deudasCon la conformidad del vendedor; Hacienda lo emite en tres meses y limita la responsabilidad a lo que figura en él.Ley 58/2003, art. 175.2.
PrescripciónCuatro años para liquidar; diez para comprobar pérdidas y deducciones pendientes.Ley 58/2003, arts. 66 y 66 bis.
Pérdidas de la sociedad compradaNo se compensan si se compra la mayoría de una sociedad sin actividad, patrimonial o que cambia de actividad, entre otros casos.Ley 27/2014, art. 26.4.
Sucesión de empresaEl comprador se subroga en los contratos de trabajo y responde solidariamente tres años de lo debido antes.Estatuto de los Trabajadores, art. 44.
Seguridad SocialEl adquirente responde de las prestaciones causadas antes de la sucesión.Ley General de la Seguridad Social, art. 168.2.

Revisado por Mónica Santos Pérez · octubre de 2026

Dudas

Lo que nos preguntan.

¿Cuánto tarda una due diligence?

Depende del tamaño de la empresa y de lo que haya que revisar. Antes de empezar te decimos el alcance, el plazo y el precio, por escrito.

¿La hacéis también para quien vende?

Sí. Revisar la empresa antes de ponerla a la venta permite corregir lo que se pueda y llegar a la negociación sin sorpresas.

¿Merece la pena en una empresa pequeña?

Sí, porque las deudas con Hacienda y las laborales pasan al comprador igual. Lo que cambia es el alcance: se ajusta al tamaño.

¿Qué es el certificado de deudas tributarias?

Un certificado que pide el comprador, con la conformidad del vendedor, para limitar su responsabilidad a las deudas que figuren en él. Hacienda tiene tres meses para emitirlo.

¿Qué pasa con los trabajadores si compro el negocio?

Pasan contigo, con sus derechos y su convenio, y respondes con el vendedor durante tres años de lo que se les debiera antes de la compra.

¿Puedo aprovechar las pérdidas fiscales de la sociedad que compro?

No siempre. Si compras la mayoría de una sociedad sin actividad, patrimonial o que cambia de actividad, esas pérdidas no se pueden compensar.

Mónica Santos Pérez, Socia · Directora Fiscal y Financiero-Contable de Rojumar
Quién lo lleva

Mónica Santos Pérez

Socia y Directora Fiscal y Financiero-Contable. Coordina la revisión y responde de la parte fiscal y contable.

¿Vas a firmar? Míralo antes con nosotros.

Primera reunión sin compromiso, en el CTM o por videollamada.